Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se desestima la aprehensión en Flagrancia y en consecuencia se decreta LA LIBERTAD PLENA Y SIN NINGUN TIPO DE RESTRICCIONES DEL CIUDADANO NESTOR JOSE RATTIZ, cédula de Identidad N°-V 1561446, Puerto Páez, Estado Apure, fecha de nacimiento 8/10/1937, 71 años de edad, Agricultor, Casado, Dirección: Monseñor Segundo García, al lado de Elecentro, en Puerto Ayacucho, la Bodega de piña, Luciano Sánchez (m) Ana Rafaela Rattiz (m), grado instrucción 1er. Grado, sabe leer y escribir poco, pues NO EJECUTO la conducta TIPIFICADA como delito, la cual de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se hace efectiva desde la misma sala de audiencias. Se insta.....