Por las razones expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la demanda de divorcio 185-A, incoada, en fecha 01 de agosto de 2016, por la ciudadana BERTHA ANGELINA LUGO RINCONES, plenamente identificada al inicio de este fallo. En consecuencia, se ordena el archivo del presente expediente, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil y en la sentencia Nº 446, de fecha 15 de mayo de 2014, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.