Este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decretó sin Lugar la excepción previa promovida por la defensa por cuanto no esta ajustada a Derecho, ya que la denuncia del padre de la menorcita, es elemento fundamental para que el Ministerio Público para intentar la acción en los delitos contra la moral y el buen orden de la familia. Admite parcialmente la acusación interpuesta por la Fiscal del Ministerio Público en contra del ciudadano IRVING RAMÓN CESAR TOMASI, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 3.280.733, por cuanto la Fiscalía presentó acusación por dos delitos de leyes sustantivas diferentes siendo que en este caso en concreto debe ser aplicada sin lugar a dudas la Ley sustantiva Especial, que rige la materia es decir la Ley Orgánica Para La Protección Del Niño y Del Adolescente, por lo que se admit.....