Remítase un ejemplar de la presente decisión a la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial y entréguese a la ciudadana LIZ LESLIHE YEDYTH BONILLA CORTES, a los fines legales consiguientes. Finalmente, en virtud de que no existen más actuaciones que cumplir, se ordena el CIERRE Y ARCHIVO DEFINITIVO del expediente. Cúmplase.