Este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda PRIMERO: Se Decreta la calificación de la Aprehensión en Flagrancia y la continuación por el procedimiento abreviado, según lo pautado en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, contra el Ciudadano: VICTOR ALFONSO GUERRERO HIDALGO, venezolano, natural de Valencia, nacido el 25-10-84, titular de la Cédula de Identidad N°V-17.903.237, residenciado en la Urb. Guaicaipuro II, frente a la cancha, casa S/N, de esta ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, hijo de Malexis Coromoto Hidalgo Fuentes (V) y Pelvis Herrera (V), por la comisión del delito de: FALSA ATESTACION ANTE FUNCIONARIO PUBLICO y USO DE NIÑOS O ADOLESCENTES PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 321 del Código Penal y 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del Estado.....