En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Juicio Mixto de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al acusado RONALD ALEJANDRO CHIRINOS BLANCO, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.932.017 , por no quedar plenamente demostrado en el debate oral y publico la responsabilidad penal del acusado antes mencionados, en la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 numeral 3 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo1°, numeral 3°, literal A de la Ley Aprobatoria de la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Trafico ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales relacionados, en aplicación del articulo 274 del Código Penal, concatenado con el Articulo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos.- Remítase el presente asunto al Tribunal de Ejecució.....