Por las razones antes expuestas, este Circuito de Protección de Niño, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: CARLOS ALFREDO MUÑOZ Y NINFA ADELISA GUERRERO DE MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.558.201 y V-12.628.907, respectivamente, en consecuencia queda disuelto el vinculo conyugal que contrajeron en fecha primero (01) de diciembre de mil novecientos noventa y cinco (1995), por ante el Registro Civil del Municipio Atures del Estado Amazonas, y anotado bajo el acta Nº 100 de los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho. Líbrese oficio. Expídanse las copias que las partes soliciten.