En base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este JUZGADO ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda a favor del penado SIMÓN ELADIO BLANCO, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 18 de febrero 1947, 61 años de edad, natural de Caicara del Orinoco, casado, Técnico tributario y Contador público, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.503.573, residenciado en Ciudad Bolívar, Urbanización Agosto Méndez, casa Nº A1-3, Avenida San Salvador, La Sabanita, Estado Bolívar, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por lo que se fija un régimen de prueba de DOS (02) AÑOS, conforme a lo establecido en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual finalizará el 06 DE AGOSTO DE 2012, lapso durante el cual esta en la obligación de cumplir de manera conjunta las obligaci.....