...En virtud, de lo antes expuesto, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA la transacción presentada por los ciudadanos DARWIN JOSE ORTEGA BLANCO (demandante), venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.714.037, y los ciudadanos JUAN COLINA Y ELIAS ALVAREZ (demandados), venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8947032 y V-8947445, en los mismo términos por ellos planteados de conformidad con los artículos 255, 256 y 363 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1713 y siguientes del Código Civil, por efecto, de la homologación aquí impartida se revoca la medida de embargo preventivo decretada por este Tribunal en fecha 20/10/2014, sobre bienes muebles propiedad de los demandados.....