ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN CONTROL PARA EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se difiere la audiencia, por carecer. Es por ello que, en virtud de lo establecido en el art. 49.3, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de que el mismo imputado, solicita, a través de su defensora, el interprete, se difiere la audiencia, y se fija la nueva oportunidad, el día 08/03/2010, a las 09:30 A.M. SEGUNDO: Se Acuerda librar oficio para que acuda interprete de Etnia Curripaco, a ORPIA. TERCERO: Librar boleta de traslado, para el 08 de marzo de 2010 a las 8:30 AM. CUARTO: Se acuerda expedir las copias simples de las actuaciones procesales, a expensas del solicitante. Queda de esta manera resuelto lo solicitado por las partes y debid.....