A dicha solicitud, no fue anexada copia del acta de la junta de rehabilitación laboral y educativa del Estado Amazonas, por lo que al no dar cumplimiento a lo exigido en el artículo 9 de la Ley de Redención Judicial de la Penal Por el Estudio y Trabajo, este tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Estudio y el Trabajo en concordancia con el artículo 509 del Código Orgánico Procesal Penal y siendo que previamente se solicito que fueran subsanadas las omisiones que motivan la presente decisión sin que lo hubieren hecho, en consecuencia se ACUERDA RECHAZAR SIN TRAMITE ALGUNO LA SOLICITUD DE REDENCIÓN DE LA PENA DEL ESTUDIO Y TRABAJO en el caso del penado JEAN CARLOS DUQUE, titular de la cédula de identidad N° 19.352.642, quien fue condenado a cumplir la pena de 3 AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancio.....