COMPUTO DE LA CONDENA IMPUESTA, FECHA DE CUMPLIMIENTO: El mencionado penado fué detenido preventivamente el día 25-03-2001, permaneciendo en tal condición hasta 07-11-2002, fecha en la cual según Oficio Nro. 00120, de la Penitenciaría General de Venezuela, dejó de presentarse en dicho establecimiento, ya que el mismo gozaba de un beneficio de trabajo en la parte externa de dicho establecimiento penal, posteriormente fue detenido en fecha 15-12-2008, permaneciendo en tal condición hasta la presente fecha (9-01-2.009); conforme a lo dispuesto en el articulo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, el que aquí Ejecuta, considera que el referido penado ha cumplido en definitiva de la pena impuesta, un tiempo de Un (01) año, Ocho (08) meses y Seis (06) días, faltándole por cumplir un remanente de pena de Cinco (05) años, Cuatro (04) meses y Veinticuatro (24) días, pena esta que completará en su totalidad el 04 de Junio de 2014.
II.- DE LAS PENAS ACCESORIAS: Conforme a la Sentencia Defi.....