DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Se Declara de acuerdo a lo señalado a lo señalado en los articulo 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, LA NULIDAD ABSOLUTA, de la Orden de Aprehensión de fecha 16 de Febrero de 2007, bajo el Nº de Oficio 06-07, emitida por este Tribunal pudiera estar Violentando Principios y Garantías Constitucionales, por lo que se dejan sin efecto alguno. SEGUNDO: Este Juzgado visto y observado las Violaciones de Garantías y Principios Constitucionales, se Ordena remitir la presente causa en su totalidad a la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la finalidad que determine la responsabilidades de las irregularidades en el presente Asunto. TERCERO: Se ordena la notificación del Defensor Publico y a la Fiscalia del Minist.....