Ahora bien, por cuanto se desprende que el ciudadano JHON ALEXIS ESCOBAR BASTIDAS, titular de la cédula de identidad Nº 18.506.887, fue condenado a cumplir la pena de 22 MESES. 8 DÍAS, CON 8 HORAS, por encontrarlo culpable de la comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO y LESIONES CULPOSAS MENOS LEVES sancionado previsto y sancionado en los artículos 409; 420.1° del Código Penal vigente, en concordancia con el artículo 416 del Código Penal, siendo que la pena impuesta no excede el límite establecido en el único aparte del artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que se acuerda mantenerlo en libertad, hasta tanto se verifique si cumple con los requisitos para optar a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, ordenándose en consecuencia librar oficio dirigido a la Unidad técnica nro. 10 a los fines de que se sirva designar equipo técnico para la evaluación psicosocial del penado antes mencionado. Notifíquese. A tal efecto, líbrense las correspondient.....