Por todas estas razones, de conformidad con los artículos, 250, 251, 252, y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Control número Tres de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público, contra el ciudadano, EDWIN JOSE GUERRERO ZAPATA, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 15.971.383, natural de Ciudad Bolívar Estado Bolívar, donde nació en fecha 05/01/1984, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio mecánico Diesel, hijo de Danilo José Guerrero (f) y de Leila Josefina Zapata (f), residenciado actualmente en el Barrio Cataniapo Sector Las Tinieblas, calle principal, casa N° 10, cerca de la Iglesia, Familia Delvalle Cuniche de esta ciudad, se procede a tomarle las características: tez morena, , cabello negro, crespo, corto, nariz perfi.....