Se declara Con Lugar la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana ROMULA OBDULIA LEON, asistida por la abogado en ejercicio KALY BARRIOS de FERNANDEZ, contra las actuaciones de la Cámara Municipal del Municipio Atures del Estado Amazonas, por la cual se notifica a la accionante acerca de la paralización de las obras autorizadas con anterioridad. Se anulan las actuaciones que impiden la continuación de las obras en referencia, por ser violatorias del debido proceso y el derecho a la defensa, previstos en el artículo 49 Constitucional, ordenándose a la parte demandada el cumplimiento del permiso de construcción número 46 de fecha 05NOV2003, sin que ello le impida, seguir las acciones y procedimientos legales a que haya lugar.