este TRIBUNAL PRIMERO PRIMERA INSTANCIA PENAL, FUNCIÓN CONTROL, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta el sobreseimiento de la presente causa, seguida al ciudadano Marcos Alexander Brava Bravo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.995.057, nacido en esta ciudad, en fecha 23-08-1980, de 24 años de edad, concubino, hijo de Nirma de Braca (v) y de Marcos Braca (V), residenciado en la Urb. Guaicaipuro I, calle los caobas, casa N° 1210, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto efectivamente, de las actas procesales y de las declaraciones de la defensa y del representante del Ministerio Público se evidencia que ¿¿ no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para sol.....