...En cuanto al párrafo primero: denominado "DOCUMENTALES", donde constan las pruebas documentales promovidas en los numerales "1", "2", "3","4", "5", "6", "7" y "8" referidos a los anexos marcados "A","B", "C", "D1, "D2" y "D3" "E", "F1" y "F2", "G" y H", este Juzgado admite las mismas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en los artículos 398 y 889 del Código de Procedimiento Civil; y por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténganse los mismos en el expediente. Así se decide.
El JUEZ,
ABOG°. TRINO J. TORRES BLANCO EL SECRETARIO
ABG. CARLOS A. HAY C.
TJTB/CAHC/cely
Exp. N° 2013-2106