PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Punto Previo alegado por la parte demandada en relación a la solicitud de nulidad del proceso por falta de cualidad de la Profesional del derecho Abg. Lisney Molina Molina, titular de la cedula de Identidad N° V- 14.762.368 e inscrita en el IPSA bajo el Nº 105.700, en su condición de Procuradora del Trabajo en el estado Amazonas. ASI SE DECIDE
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y demás Beneficios Laborales, instaurada por los ciudadanos JOSE DANIEL OLIVARES y ALEJANDRO FERNANDO TOVAR CASTILLO, titulares de la cédula de identidad Nº V-20.436.833 y. V-19.805.015, en contra de la entidad de trabajo TATO CELL C.A, representada por el ciudadano MARCOS PRATO TESTAMARCK, venezolano, mayor de edad, legalmente hábil, titular de la cédula de identidad V-8.945.839, ambos plenamente identificados en autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Se condena a la parte demandada TATO CELL C.A, a pagar a la parte demandante la canti.....