Se DECLARA: Extinguido el presente procedimiento y en consecuencia deja sin efecto la separación de cuerpos realizada mediante decreto de fecha 12 de agosto de 2002, donde se decretó legalmente la separación de cuerpos solicitada por los ciudadanos ANDRES ELOY BLANCO VILLAZANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-10.711.852, casado, de este domicilio e ISVETT JEANETTE ACOSTA MEJIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.403.555.