Dispositiva:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, expuestos anteriormente este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio Sección de Adolescentes del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Conceder un plazo prudencial de 30 días, al Fiscal Quinto (e) del Ministerio Público, vencido estos deberá presentar dentro de los 30 días siguientes la acusación o solicite el sobreseimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ratifican las medidas cautelares dictadas por este Tribunal al adolescente de marras en fecha 02 de Abril del presente año. Cúmplase.
El Juez Provisorio
Abg. Manuel Elías Gómez Brito
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