Este Tribunal segundo de Control administrando Justicia, de conformidad con el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley admitió totalmente la acusación en contra de Carlet Josué Fonseca Blanco, pero con un cambio de calificación a Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal en los hechos ocurridos en fecha 30 de Marzo de 2004, debido a que una vez eliminada la acusación de porte ilícito de arma de fuego, se considera que lo ajustado a derecho es cambiar la calificación del tipo penal, en virtud que no fueron presentados, por el Ministerio Público, otros elementos que hagan presumir que estamos en presencia de un tipo penal distinto al de Robo Genérico. También se admite la acusación por el delito de Robo Agravado en los hechos ocurridos en fecha 9 de Marzo. Así mismo se admiten las pruebas promovidas por considerarlas, lícitas, pertinentes y necesarias. Visto que la audien.....