Por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado Único de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de le República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Conforme a lo preceptuado en los artículos 5, 6, 13 y 14 de la Ley de redención Judicial de la Pena por el Estudio y el Trabajo SE REDIME LA PENA POR EL TRABAJO al penado WILDER ALEXANDER UVIEDA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.019.739, venezolano, mayor de edad, de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas de 22 años de edad, soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado en la Urbanización Andrés Eloy Blanco Estado Amazonas Puerto- Ayacucho-Estado Amazonas, hijo de Vicitacion Ojeda y de José Ubieda, por el lapso de CINCO (5) MESES, VEINTICINCO (25) DIAS, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 6, ambos de la Ley de Redenci.....