En fuerza de los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 88 y 96 del Código Penal, en concordancia con el artículo 479.2 del Código Orgánico Procesal Penal, se realiza la acumulación de penas al penado CESAR PADRON GAITAN, de nacionalidad venezolana, natural de San Fernando de Atabapo, Municipio Atabapo del estado Amazonas, de 49 años de edad, estado civil soltero, residenciado en el Barrio Nuevo México de San Fernando de Atabapo, y titular de la cédula de identidad Nº V.-18.195.625, quien deberá cumplir una pena de UN (1) AÑO, TRES (3) MESES, SIETE (7) DÍAS y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN más el pago de multa equivalente a mil cuatrocientos (1400) días de salario, por la comisión de los delitos de ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES y ECOSISTEMAS NATURALES, y por .....