ACUERDA la Colocación Familiar Provisional del Niño: (IDENTIDAD OMITIDA), de diez (10) años de edad, la cual se ejecutará en el hogar de los ciudadanos: JOSE LUIS GONZALEZ RONDON y YADIRA MAYERLING VARELA GALLARDO, ya identificados precedentemente, por un lapso de tiempo de un mes (01) mes, contado a partir de la publicación y consignación que del presente auto se haga en el expediente, con el objeto de proteger y resguardar los derechos que le asisten al niño objeto de la presente medida, y en estricta sujeción al contenido del artículo 128 ibidem