Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL (POR PRESCRIPCIÓN) y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida contra los ciudadanos ANA GREGORIA VILLANUEVA BENTA, venezolana, natural de San Frenando de Apure, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.904.015, soltera, de 26 años de edad, de oficios del hogar, residenciada en el Barrio Aramare, casa N° 333, de esta Ciudad de Puerto Ayacucho y SILVIO TARCISIO VILLANUEVA BENTA, Venezolano, portador de la Cédula de Identidad N°V- 10.924.404, soltero, de 31 años de edad, de oficio obrero, residenciado en el Barrio Aramare, Calle Aramare, Casa N° 333, de Puerto Ayacucho, conforme a los artículos 285 numeral 2 de la Constitución de la República .....