En base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este JUZGADO ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda a favor de la penada DORA ANGELA MEJIAS VILLEGAS, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 17.676.420, mayor de edad, nacida el 31-07-1984, de 26 años de edad, en Puerto Nuevo, Municipio Autana Estado Amazonas, hija de LUIS ALFONSO MEJIAS (f) y ESTERIA VILLEGAS (V), estudiante de la misión Ribas, tercer semestre (bachillerato), laborando en la casa de Gladis Rivas, domiciliada en Parcelamiento Ayacucho, S/N, después del caño, Puerto ayacucho, la primera casa a mano izquierda, Puerto Ayacucho, Municipio Atures, Estado Amazonas, quien disfruta de Destacamento de Trabajo, la formula alternativa de cumplimiento de Pena consistente en LIBERTAD CONDICIONAL fijándose un perio.....