Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se califica la aprehensión en flagrancia del ciudadano JOSÉ RAFAEL MEDINA CORREA, titular de la cédula de identidad N° 15.811.603, de nacionalidad venezolana, natural de Calabozo, estado Guárico, de 35 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado actualmente en el barrio Carabobo, frente a la cancha deportiva en las residencias del señor Torrealba, habitación N° 02 de esta ciudad, de conformidad a lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, del hecho precalificado por la Fiscalía Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial como VIOLENCIA FÍSICA, tipificado en el artículo 42 ejusdem. SEGUNDO Se decret.....