Por todas estas razones, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Control número Uno de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público, contra el ciudadano, UBALDO ALEX LADINO Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 8.904.551, venezolano, natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, de 50 años de edad, fecha de nacimiento 16-05-1960, soltero, Constructor, residenciado Urbanización Mario Briceño Irragore, al Frente del Ministerio del Poder Popular de Agricultura y Tierras, casa Nº 6,en esta ciudad de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, hijo de Asterio Ladino y Carmen Montero, por la presunta comisión de los delito de INDUCCION A LA CORRUPCION, previsto y sancionado en el artículo 63 de la Ley contra la Corrupción en perjuicio Del Estado Venezolano.
SEGUNDO.....