TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLINA LA COMPETENCIA del presente asunto, en un Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del estado Apure, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 57, 61 y 62 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia de la sentencia