DESTACAMENTO DE TRABAJO
Obra al presente Asunto desde el 20-NOV-2006, Resolución de este Tribunal mediante la cual se decide que el penado RICHARD ALEXANDER ZERPA RODRIGUEZ, Opta a la fórmula alterna de cumplimiento de pena DESTACAMENTO DE TRABAJO, una vez cumplido un cuarto (1/4) de la pena impuesta, lo que le equivale a UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES, QUINCE (15) DIAS, opción ésta a la cual accedió, efectivamente el 03-DIC-2006, puesto que cuenta con Pronóstico Favorable y demás recaudos pertinentes.
En consecuencia, en uso de la competencia que le otorga el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA, la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena Destacamento de Trabajo al ciudadano RICHARD ALEXANDER ZERPA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N°V- 13.325.734, mayor de edad y de este domicilio; todo de conformidad con los Artículos 64, 65, .....