Por todo lo expuesto anteriormente, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia, en nombre de le República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL POR CUMPLIMIENTO DE PENA y conceder la LIBERTAD PLENA al penado JHONNY GIOVANNY MIRABAL CAMICO, de nacionalidad venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 13.558.227, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, donde nació en fecha 06-08-1977, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, residenciado en el barrio Luisa Cáceres, calle principal casa Nº 35, de esta ciudad de Puerto Ayacucho, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 453.3 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUÍS ENRIQUE RODRÍGUEZ LUNA. ASÍ SE DECIDE.-
Como consecuencia de la anterior declaratoria .....