Este Tribunal Primero de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califica la aprehensión en flagrancia del ciudadano JOSE FROILAN REYES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.015.818, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CARLOS BLANCA, por estar llenos los extremos establecidos en el artículo 248 Y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el imputado fue aprehendido en el mismo lugar de los hechos a poco de haberse cometido el hecho. SEGUNDO: Se decretan las Medidas Cautelares Sustitutivas de la Privación Judicial Preventiva de Libertad, de las contenidas en el artículo 256, 3, 4, 5, 6, consistentes en: 3.- Presentación periódica por ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial del Estado Amazonas, los días Lunes, entre las 8:00 a.....