Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal Función Juicio, de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: MEDIDA DE PROTECCIÓN por el lapso de NOVENTA (90) DÍAS, contados a partir del día de hoy, a la ciudadana GENOVEVA ESPAÑA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.905.333, de 62 años de edad, residenciada en el barrio periférico sur, casa s/n, al lado de la casa del Consejo Comunal, para lo cual se acuerda ordenar lo conducente a la Comandancia General de Policía, de conformidad a lo establecido en el artículo 55 de la Constitución de la República y los artículos 118 y 120 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, a fin de que ordene todas las gestiones pertinentes, necesarias para el real y efectivo cumplimiento de la Medida de Protección acordada. Líbrese oficio.-
EL JUEZ TERCERO D.....