En razón a las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera
Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley OTORGA la Libertad Plena por Sobreseimiento de la Causa, en virtud de declaratoria de la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL (POR PRESCRIPCIÓN) al ciudadano LUIS ALFARO TORRES, titular de la cedula de identidad Nº E-81.943.783, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, fundamentado en los artículos 108 numeral 5º, 109, 110, del Código, 31.2.b, 48.8, 318 numeral 3, 319, 320, 321, 323, 324 del Código Orgánico Procesal Penal. Surtiendo los efectos la presente decisión del artículo 319 eiusdem. Regístrese, diarícese, así mismo. Notifíquese a las partes. Asimismo remítanse las presentes actuaciones en su debida oportunidad legal a la Oficina .....