En razón a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, de conformidad con el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: La Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a favor del ciudadano, GUSTAVO EDUARDO GAMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.912.033, de nacionalidad venezolana, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, nacido el 12 de febrero de 1976, de 40 años de edad, soltero, residenciado en la Calle Atabapo, casa s/n, Estado Amazona.
SEGUNDO: Deberá someterse a un régimen de prueba por el período de un (01) año, que culminará el día, 20 de noviembre de 2010, bajo la supervisión del delegado de pruebas que le sea designado por la Unidad Técnica Nro. 10 de este Estado Amazonas, .....