ESTE JUZGADO ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL PARA EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se califica la aprehensión en flagrancia de los adolescentes: IDENTIDAD RESERVADA, de nacionalidad venezolana, natural de Calabozo Estado Guarico, fecha de nacimiento IDENTIDAD RESERVADA, de 16 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, titular de la cedula de identidad N° IDENTIDAD RESERVADA, residenciado en IDENTIDAD RESERVADA, hijo de IDENTIDAD RESERVADA y IDENTIDAD RESERVADA, así mismo de la adolescente IDENTIDAD RESERVADA, de nacionalidad venezolana, natural de Calabozo estado Guárico, nacida el IDENTIDAD RESERVADA, de 16 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° V- IDENTIDAD RESERVADA, residenciada en IDENTIDAD RESERVADA, hija de IDENTIDAD RESERVADA y IDENTIDAD RESERVADA. SEGUNDO: Se declara con lugar la solici.....