Sobre la base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: DESESTIMAR LA DENUNCIA interpuesta por el ciudadano ANGEL EDUARDO CHIRINOS CASTILLOS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.675.790, de 22 años de edad, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, nacido en fecha 14-01-85, de profesión u oficio taxista, residenciado en el Barrio Pedro Camejo, detrás del Hotel Amazonas, en contra de los ciudadanos PEDRO AVELARDO RODRIGUEZ ZAMORA, y PEDRO MIGUEL FERRERIRA DA SILVA, de conformidad con lo establecido en los artículos 25 301 y 400 del código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 108 ordinal 6 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: La LIBERTAD INMEDIATA de los ciudadanos PEDRO AVELARDO RODRIGUEZ ZAMORA, y PEDRO MI.....