Por dichos razonamientos y en base a lo establecido en la Ley Adjetiva Penal, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se pronuncia de la siguiente manera DECRETA: Primero: Se Acuerda HOMOLOGAR EL ARCHIVO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES, DECRETADA por la Representación Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano MARTÍNEZ REYES OMAR ALEXANDER, venezolano, natural de Puerto Páez, estado Apure, lugar donde nació en fecha 30/03/1983, de 25 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 16.975.523, residenciado en el Barrio Pedro Camejo, Guacharacas 1, casa s/n, de esta Ciudad, por la presunta comisión del delito de Ultraje Simple, previsto y sancionado en el artículo 222 del Códig.....