PRIMERO Este Tribunal califica la aprehensión en flagrancia, la Aplicación del Procedimiento Especial de conformidad con el Artículo 93 y 94 de la Ley Especial, por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, como lo es el de Violencia Física, en perjuicio de la ciudadana GOMEZ CUBIDES ORFILIA. SEGUNDO: Se acuerdan Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad de las contempladas y el otorgamiento de Medidas Cautelares de las contempladas en el articulo 87 de la Ley Especial, numeral 3°, consistentes en la Salida del presunto agresor de manera Inmediata del Hogar en Común; numeral 5°, consistente en prohibir o restringir al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida y numeral 6°, Prohibir al presunto agresor, por si mismo o por terceras personas, no realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia; y de conformidad co.....