Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se califica como flagrante la detención del ciudadano ROIBER ADRIAN GRANJA EMILLARES, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del código penal, con la agravante señalada en el articulo 77 numerales, 5, 11 y 16 eiusdem, en perjuicio de los ciudadanos JOSE GREGORIO CARVAJAL E ISABEL BARRIOS, HOMICIDIO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal concatenado con el articulo 80 ejusdem, en perjuicio del niño HEWTTYMIO CARVAJAL, TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el articulo 7 de la Ley Sobre El Robo y Hurto de Vehículos Automotores, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el articulo 277 del Código Penal e.....