este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la calificación de la Aprehensión en flagrancia de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y se precalifican los hechos por el delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, asimismo se decretan las medidas cautelares, contempladas en el artículo 39 numerales 5° y 9° de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia a la ciudadana Grecia Lisbeth Manzanilla Guarulla, titular de la cédula de identidad N° y- 15.304.608, consistentes: 1- Se Prohíbe el acercamiento de la imputada al lugar de trabajo y de residencia de la Víctima, y la salida inmediata de la residencia en común. SEGUNDO: Se a.....