...En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSION EN DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS, aludida en los mismos términos y condiciones señalados en el escrito de la separación de cuerpos NATHALIE COROMOTO DIAZ DE PEREIRA y JOSE ANTONIO PEREIRA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, cónyuges, de profesión Ingeniero Civil, la primera, y médico el segundo, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.140.737 y V-6.235.683, respectivamente, y en consecuencia disuelve el vínculo matrimonial que por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Los Taques, Estado Falcón, contrajeran en fecha Dieciséis (16) de Septiembre de Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1994), los ciudadanos NATHALIE COROMOTO DIAZ DE PEREIRA y JOSE ANTONIO PEREIRA HERNANDEZ, ambos plenamente identificados, tal como consta del contenido total del Acta de Matrimonio Nr.....