SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana: CLEMENTINA BEJARANO BEJARANO, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº E-80.411.561, en contra del ciudadano FAUTINO PEREZ VELASQUEZ, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 80.411.463, a favor de la adolescente LUCELLY PEREZ BEJARANO, en consecuencia se Fija la cantidad de CIENTO SESENTA MIL SEISCIENTOS DIECISIETE BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 160.617,60) mensuales, el cual equivale a medio salario mínimo actual como Obligación Alimentaria para la referida adolescente. Asimismo, este Tribunal fija Dos (02) sumas adicionales, Una por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo) en el mes de Septiembre de cada año como Bonificación Escolar, y la otra por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo), en el mes de Diciembre de cada año como Bonificación Especial de.....