TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos,
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la aprehensión en flagrancia del ciudadano RUBEN OLIVERO DA SILVA, titular de la cedula de identidad N° 17.106.567, de nacionalidad venezolana, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, donde nació en fecha 17-09-1983, de 27 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Fernando Oliveros y Maria Da silva ambos fallecidos, residenciado en el barrio Simón Rodríguez, frente a la iglesia evangélica de esta ciudad, de conformidad con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por la presunta comisión de los delitos HOMICIDIO INTENCIOINAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 406.1 del Código penal, en relación al articulo 82 ejusdem, en p.....