Por todas estas razones, de conformidad con los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Control número Tres de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público, contra el ciudadano, RUBÉN RIVAS, titular de la cédula de identidad Nro. 17.023.013, por la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el articulo 409 ultimo aparte del Código Penal, en perjuicio de los niños DEISY FORTUNATO de tres (3) años de edad y MIGUEL FORTUNATO de cinco (5) años de edad.
SEGUNDO. Se decreta la Aprensión por flagrancia del imputado por adecuarse a lo contenido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal de la norma indicada Ut-Supra.