DISPOSITIVA
En consecuencia, el penado OPTA de la manera siguiente, dentro de los requisitos establecidos en los artículos 494 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal.-
1).- SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA.
2).- DESTACAMENTO DE TRABAJO, una vez cumplido un cuarto (1/4) de la pena impuesta, lo que equivale a SEIS (06) MESES a partir del 26-03-2006.
3).- REGIMEN ABIERTO, una vez cumplido por lo menos una tercera (1/3) parte de la pena impuesta, lo que equivale a OCHO (08) MESES, a partir del 26-05-2006.-
4).- LIBERTAD CONDICIONAL, una vez cumplido por lo menos dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, lo que equivale a UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES, a partir del 26-10-2006.-
5).- CONFINAMIENTO, una vez cumplido por lo menos tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta, lo que equivale a UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES, a partir del 26-01-2007.-
6).- REDENCION JUDICIAL DE LA EJECUCION DE LA PENA POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO, debe cumplir con los requisitos exi.....