Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decretar medida de protección a la ciudadana MIRIAN DEL CARMEN DELGADO, de nacionalidad venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.156.177, nacida en fecha 20-12-1961, de 45 años de edad, residenciada en el Barrio Tachira, diagonal al Bar El Carmen, casa S/N, de esta ciudad, su hijo KELVIN MARIO CARVAJAL DELGADO, y a su grupo familiar; ya que ha sido victima por parte de los hermanos Rincones, fundamentando su solicitud en los artículos 26, 30 en su segundo aparte y 60 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, articulo 82, 84, 85 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y 23, 108 numeral 14 y 120 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Líbrese los oficios correspondi.....