ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público, en cuanto a la APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de los ciudadanos WILLIAM ENRIQUE MENDOZA GUEVARA, de nacionalidad Venezolano, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 18.774.890, y GILBER ESTEYMENDER CARRILLO, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 23.646.1383, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453.1.4.6.3 del Código Penal, por cuanto se encuentran llenos los extremos del artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público, en relación a que la presente causa prosiga por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO conforme a lo dispuesto en los artículos 262 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal; en razón a que es.....