PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y demás Beneficios Laborales, instaurada por la ciudadana Milagros Carmen Gregaria Martínez Hernández, titular de la cédula de identidad N° V.-18.505.762, en contra de la entidad de Trabajo Hotel City Center C.A, representada por el ciudadano Miguel Acosta, venezolano, mayor de edad, legalmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-18.506.699, ambos plenamente identificados en autos.. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada cancelar a la parte actora la cantidad de SETECIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y OCHO CENTIMOS (721.258,98 Bs
TERCERO: Se condena los intereses moratorios, de conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 141 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras y la Jurisprudencia de la Sala de Casación Social se condena el pago de l.....